Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la nulidad de todas las actuaciones a partir del auto de admisión de la demanda de fecha 31 de marzo de 2000, y en consecuencia, se repone la causa al estado de declarar la inadmisibilidad de la demanda que intentaron los ciudadanos SANTIAGO FERNÁNDEZ PONSADA y CARMEN BARROS DE FERNÁNDEZ, en contra de los ciudadanos JESÚS FERNÁNDEZ, DANIEL SÁNCHEZ, GLORIA MONCAYO, EDIN OLANO y ANA LUZARDO y, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES HQ C.A., en la persona del ciudadano HERNAN QUIÑONES, todos ya identificados, en virtud de la inepta acumulación de pretensiones constatada por este Tribunal y la consecuente violación del dispositivo legal contenido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 eju.....