Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado JOSÉ LUIS CHIRINOS, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 7.966.495, de 43 años de edad, residenciado en el barrio Jorge Hernández, sector R, calle Bella Vista, Quinta génesis, casa 5, Cabimas, Estado Zulia, por el lapso de UN AÑO (01), de régimen de prueba, de conformidad con el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, sometiendo al imputado a las siguientes condiciones: 1.- Presentarse cada sesenta 60 días por ante la OAP; 2) Indemnización de mil bolívares fuertes, pagaderos en cuatro quincenas, las cuales serán depositadas en la entidad bancaria "Banco Mercantil", número de cuenta 01050278161278003193, Cuenta Corriente, a nombre de la ciudadana Zulay Romero; 3) .....