Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos ILDEFONSO JOSÉ LÓPEZ y LISBETH LINA MARTÍNEZ DELGADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 10.080.521 y 6.777.347, respectivamente, domicilios el primero de los nombrados en el municipio Cabimas del Estado Zulia y la segunda en el municipio Miranda del estado Zulia, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el veinte (20) de diciembre de 1988, contrajeron Matrimonio Civil por ante la Jefatura del Municipio Altagracia, Distrito Miranda del Estado Zulia, hoy en día Registro Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda del Estad.....