Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos KENNEDY ALBERTO NUÑEZ y EVELIN KARINA CHIRINOS HERNANDEZ, en fecha once (11) de diciembre del año dos mil cuatro (2004), por ante el Jefe Civil y Secretaria, respectivamente, de la Parroquia Cristo de Aranza, del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 393, acompañada a los autos en copia certificada.