Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el profesional del derecho Abogado GEISHA CAMACARO DIAZ, Defensora Pública Nº 03 con competencia en materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes, adscrita a la Unidad de Defensores Públicos del estado Nueva Esparta, actuando en representación del adolescente IDENTIDAD OMITIDA en contra de la decisión dictada en fecha Veintitrés (23) de Octubre del año Dos mil Doce (2012), Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 02 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha Veintitrés (23) de Octubre del año Dos mil Doce (2012), por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control.....