este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN, y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la SOLICITUD DE OFERTA REAL DE PAGO realizada por el ciudadano ALEXANDER GERARDO BRUCKTEIN, titular de la cédula de identidad N° E-81.098.743, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil IMPORTACIONES ANGALAN, C.A., debidamente asistido por la Abogada FABIOLA DÍAZ ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.720 a favor de la ciudadana KARINA VANESSA CAMACHO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-17.388.822, signado con el No. OP02-S-2009-000037 de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisi.....