En consecuencia, al no haber irregularidad en la tramitación de la presente acusación, este juzgador la admite totalmente en contra de Norman León Monasterios, plenamente identificado, siendo igualmente pertinente y necesarias las pruebas ofrecidas para el juicio oral por la representación fiscal, por su parte la defensa pública se acogió al principio de la comunidad de las pruebas. Por ello, se decreta la ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa y se emplaza a las partes para que concurran ante el juez de juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco días siguientes, debiendo el secretario remitir a dicho juez las presentes actuaciones. En La Asunción, a los 31 días del mes de enero de 2007.