Este Juzgado, visto el acuerdo celebrado, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Así mismo, se ordena la liberación de la medida de Embargo Ejecutivo practicada en la presente causa, ordenándose librar el oficio respectivo. Por último, se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. Líbrese oficio.-