DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Vistos los elementos que consigna el Ministerio Público, se decreta CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA conforme al artículo 93 de la Ley Especial por el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar la presente causa por la vía del procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial. TERCERO: Visto lo manifestado por las partes, se le impone al ciudadano SAMIR HILDEMAR SILVA AGUILAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.879.809, las medidas de Protección y Seguridad previs.....