DECRETA, la libertad del imputado RODOLFO JOSE NAAR GARCIA, plenamente identificado en autos y a quién se le imponen las medidas cautelares siguientes: 1) Presentarse por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada Quince (15) días; Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Nueva Esparta sin la Autorización del Tribunal; y Prohibición de verse involucrado en otro hecho punible.