En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia, en el juicio que por MERO-DECLARATIVA intentara la ciudadana MARÍA GABRIELA VERA BLABAS, contra los ciudadanos HERNÁN VERA TROYÁN, BETHZAIDA BALBAS DE VERA, MERCEDES BALBAS RIVAS, ORLANDO ENRIQUE CONTRERAS BALBAS, ORLANDO EDUARDO CONTRERAS BALBAS y ORLANDO ELEAZAR CONTRERAS BALBAS, contenido en el expediente Nro. 22.156, de la nomenclatura particular de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del J.....