DECLARA PRIMERO: CULPABLE a la ciudadana SMIRT NAYIBE NIÑO SALINA, Venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-9.394.546, de 47 años de edad, domiciliada en la Avenida con Venus, Residencias Elena, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, en su condición de directora de la Sociedad Mercantil "FRIGORÍFICOS EL ESTABLO DE LA CANDELARIA FRIESCA, C.A", por lo que se CONDENA a cumplir la pena de NUEVE (9) MESES, VEINTIDÓS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, como AUTOR en la comisión del delito de EMISIÓN DE CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDOS EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 494 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Sociedad Mercantil "LÁCTEOS Y CARNICOS SAN SIMÓN, C.A".