Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
Primero: Un cincuenta por ciento (50%) de las Utilidades, Vacaciones y/o Bono Vacacional, que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes le pueda corresponder al ciudadano JULIO ENRIQUE ROJAS, titular de la cedula de identidad No.7.872.300, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS S.A.
Segundo: Un cincuenta por ciento (50%) de las Liquidas y Retroactivo que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes le pueda corresponder al ciudadano JULIO ENRIQUE ROJAS, titular de la cedula de identidad No.7.872.300, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS S.A.
Tercero: Un cincuenta por ciento (50%) sobre las .....