Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primero Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- FALTA DE CUALIDAD de parte demandante CAROLINA COROMOTO FERNANDEZ SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 11.280.602, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el juicio de NULIDAD DE VENTA incoada contra los ciudadanos SERGIO ENRIQUE MARTINEZ FLEIRES y ADALBERTO NUÑEZ BERNAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de a cédula de identidad No. 10.431.666 y 7.710.869 respectivamente, ambos de este domicilio.
2.- SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora por ser vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.