Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1).- CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FELIPE BELEÑO DUARTE, en contra del ciudadano RAFAEL SANCHEZ BALDI, ambos plenamente identificados en actas, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, y en consecuencia se ordena a la parte demandada al pago de la cantidad QUINIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.530.000,00), cantidad correspondiente a la diferencia del pago de cánones de arrendamiento correspondiente a los meses Junio, Septiembre, Octubre, de 2006; y Marzo de 2007; y al Mes de Abril de 2007 en su totalidad.
2).- RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado entre los ciudadanos FELIPE BELEÑO DUARTE y el ciudadano RAFAEL SANCHEZ BALDI, suscrito ante la Notaría Pública Décima Primera de Maracaibo quedando anotado bajo e.....