..considera esta juzgadora, que la homologación de la transacción realizada por las partes, mediante escrito de fecha 28 de Octubre de 2014, debe negarse a tenor de lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, de tal manera, que siendo éste uno de los asuntos en los cuales no resulta procedente las autocomposiciones procesales. En consecuencia, este Juzgado NIEGA LA HOMOLOGACIÒN de la transacción celebrada por las partes, en fecha 28 de Octubre de 2014. Y ASÍ SE DECIDE.-