Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN EL PRESENTE RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL manifestado por la ciudadana ELIZABETH HERNÁNDEZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.488.485, asistida en este acto por el abogado LUIS ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 17.695, parte recurrente.
SEGUNDO: DECRETA terminada esta causa, se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, mediante despacho comisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidid.....