Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, que le fuera impuesta en fecha 05 de Octubre de 2007, al penado ROBERT MARTIN HERRERA VILLASMIL, por el Tribunal de Segundo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, por haberlo hallado culpable y responsable de la comisión de delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en concordancia con el artículo 80 Segundo Aparte del Código Penal, en perjuicio de la EMPRESA ENELVEN C.A.
SEGUNDO: Realizado el cómputo de la pena a cumplir, se establece que penado ROBERT MARTIN HERRERA VILLASMIL, cum.....