Por las razones y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado JHONNY ENRIQUE RIVAS, de Nacionalidad Venezolana, natural de el Vigía Estado Zulia, de 30 años de edad, nacido en fecha 16-12-65, portador de la cedula de identidad Nº 13.574.557, de profesión u oficio vigilante, hijo de Rosalía Rivas Valero y padre desconocido, residenciado en el Sector Cañada Honda, Barrio Royal, Avenida Principal, Casa Nº 73-22, frente a la Agencia de Loterías La Elegancia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por encontrarlo CULPABLE en el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 80 y 82 ambos del C.....