- I -
- DISPOSITIVA –
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Aprobado y Homologado el convenimiento celebrado en fecha 26 de Octubre de 2007, entre los ciudadanos REINALDO JOSÉ CARIDAD y LISBETH MARUJA CAMACHO REYES, antes identificados, en relación a la pensión de alimentos y demás beneficios de desarrollo y atención que le corresponden a los niños CARIDAD CAMACHO. En consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal. Queda terminado el juicio. Se suspenden las medidas preventivas decretadas en fecha 10 de Octubre de 2007.
Hágase la participación debida a la Empresa KAPITAL, lugar donde presta servicios el obligado REINALDO JOSÉ CARIDAD.
Publíquese y regístrese. Líbrese oficio con las inserciones correspondientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala .....