administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE POSESIÓN, a favor del ciudadano YEAN CARLOS MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.235.756, domiciliado en Altagracia, Barrio Maria Auxiliadora, casa Nº 51, Municipio Gómez del estado Bolivariano de Nueva Esparta, sobre un vehículo (moto) cuyas características son: MARCA: TOPAZ; AÑO: 2006; MODELO: AX 100; COLOR: NEGRO; SERIAL N.I.V: LX8PAG4A36E003945; MOTOR: 61295112 USO: PARTICULAR; PLACA: S/P. Se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causará efecto de cosa juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre .....