Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ANGEL EMIRO PARRA SOTO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 105.177, fallecido ab-intestato el día diecisiete (17) de mayo de 2016, a su esposa DILA BRACHO DE PARRA y a sus hijos ciudadanos ANGEL EMIRO, CARLOS ALEXIS, ANA MARIA Y MARIANA LISET PARRA BRACHO, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.