Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADA Y HOMOLOGADA LA PARTICION AMIGABLE DE COMUNIDAD CONYUGAL, suscrito y presentado, en fecha veinticuatro (24) de septiembre de 2013, por los ciudadanos BETTY JOSEFINA GONZALEZ y NOLVIS JOSE ZARRAGA VIELMA, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.595.146 y V-7.967.957, respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos la primera por la Abogada en Ejercicio ALINA DEL CARMEN CHIRINOS, Inpreabogado N° 157.032, y el segundo por el Abogado en Ejercicio JOSE TOMAS QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.659. PASÁNDOLO EN AUTOR.....