PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por la Sociedad de Comercio ITALCAMBIO, C.A., en contra del acto administrativo de efectos particulares, emanado de la Inspectoría del Trabajo "Dr. Luís Homez", Maracaibo- Estado Zulia, en fecha veintinueve (29) de agosto de 2012, consistente a la Providencia Administrativa Nº 115-2012, que cursa en el expediente administrativo Número: 042-2012-01-00462, , la cual declaro CON LUGAR, la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana RENA MEDINA.-
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la Republica de conformidad con la Ley que rige la materia.