PRIMERO: Que especifique la identificación, residencia, lugar y domicilio, del agraviado; SEGUNDO: Que señale el derecho o la garantía constitucional violada o amenazado de violación; TERCERO: Que realice una descripción narrativa del hecho, acto, omisión y demás circunstancias que motiven la solicitud de amparo. En tal sentido y de conformidad con lo previsto en el artículo 19 eiusdem, se establece que dicha corrección debía hacerse dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación. Y que de no hacerlo, la acción de amparo sería declarada Inadmisible, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 18 y el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
A los efectos de dar cumplimiento a lo ordenado se dispuso notificar al AGRAVIADO de la acción de Amparo Constitucional de conformidad con el Artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal en su primer aparte, ya que no constaba en el escrito la dire.....