En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida de AMPLIAR la Medida de Presentación incoada por los imputados y Acuerda su AMPLIACION, a favor de los ciudadanos JANETTE ROSIRIS ALVAREZ, C.I. Nº 9.609.899 y ANAEL ADALBERTO NEGRETE AGUERO, C.I Nº 7.129.808, por la presunta comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 31 ENCABEZAMIENTO EN CONCORDANCIA CON EL ART. 46 ORDINALES 5 Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS Y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, prev.....