Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha quince (15) de Julio de 2015 por la abogada en ejercicio Haydee Govea, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 90.500, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil ACERO FABRICANTES, C.A., representación que se evidencian de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas y la abogada Daniela Uribe, inpreabogado N° 130.383, asistiendo al ciudadano JAIME RICO en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de ciento tres mil trescientos veintinueve bolívares con cuarenta y ocho céntimos (Bs. 103.329,48). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Boliva.....