PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Recusación interpuesta, por el ciudadano JOEL GUSTAVO PEREZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.594.885, domiciliado en la ciudad de Aroa del Estado Yaracuy, representado por el abogado en ejercicio OSCAR SIERRA DORANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 12.185, contra la abogada NELLY CASTRO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.104.942, en su condición de Jueza Suplente Especial del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el expediente signado bajo el Nro. 15.225-12, de la nomenclatura llevada por el A-quo, contentivo de la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE TRANSACCIÓN, propusiera el ciudadano DANIEL MANTINI CESARONI, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.895.987, contra el ciudadano recusante.
SEGUNDO: Se impone al recusant.....