SE ADMITE totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Cuadragésima Sexta del Ministerio Público, en contra del acusado CARLOS ALBERTO SARAS PRIETO, por la comisión del delito HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 1 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el articulo 2 numeral 4 ejusdem, en perjuicio del ciudadano GREGORIO RAMON BARRETO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 330 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO
Asimismo, se admiten todas las pruebas ofertadas por el Ministerio Público por considerarlas legales, útiles, necesarias y pertinentes para el caso de una eventual Sentencia Condenatoria, en caso de continuar el proceso por incumplimiento del acuerdo por parte del acusado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 330 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los a.....