Por todo lo antes expuesto este Juzgado Quinto En Funciones de Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley ACUERDA: PRIMERO: LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, de conformidad con lo previsto en el Articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se convoca a las partes a que concurra al Tribunal de Juicio que le Corresponda SEGUNDO: SE MANTIENE la Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación Judicial de las establecidas en los Ordinales 3 y 8 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, decretada por este Tribunal en fecha 18 de Julio del 2008, a favor de los imputados ANGEL ATILIO FUENMAYOR ROMERO, JOSE ALEJANDRO ARAUJO NARVAEZ, ADRIAN JOSE FUENMAYOR ROMERO, PABLO ANTONIO ARAUJO NARVAEZ Y FREDY DAVID ATENCIO MASIRUBI:. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de Ley. Se da por concluida la presente Audiencia siendo la (01:00) .....