Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente RECURSO DE HECHO, propuesto por el ciudadano JOSÉ MARIANO SEGOVIA ZAPATA, debidamente asistido por la abogada ANA ESPINA, contra la negativa del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de oír la apelación de fecha 03 de julio de 2008, en el juicio que por DIVORCIO ORDINARIO interpuesto por el ciudadano JOSÉ SEGOVIA ZAPATA, contra la ciudadana NANCY ARANGUREN.