Seguidamente el Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO Y FICEICOMISO, que le pudieran corresponder al ciudadano MENDEZ GARCIA CESAR FERNEY, titular de la cedula de identidad Nº V-12.863.326, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación y/o muerte que le puedan corresponder como trabajador al servicio de la POLICIA MUNICIPAL DE CABIMAS (IMPOLCA). Se le informa al notificado que una vez retenidas las cantidades de dinero por los conceptos antes mencionados, las mismas deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas al expediente Nº 1U-7003-07. Así mismo se le participa al notificad.....