PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la acción recursiva interpuesta bajo la modalidad de efecto suspensivo, por la profesional del derecho MIGUELIS GONZÁLEZ ALCALLA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, contra la decisión N° 272-23, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara del Zulia, de conformidad con lo previsto en los artículos 71 del Código Orgánico Procesal Penal y 49.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA A LA SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con el artículo 80 del Texto Adjetivo Penal, en concordancia con la resolución N° 2013-0025, de fecha 20/11/2013, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.