Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la SUSPENSIÓN CONDIONAL DEL PROCESO, por el lapso de UN (1) AÑO, a favor del Acusado, BERNAL CLAUDIO ENRIQUE, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No. 1614.173, natural de camama, Municipio Páez del estado Zulia, de 69 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de Maria Eloisa Bernal Difunta y Miguel Escacia, Domiciliado, barrio Chiquinquirá avenida 142B- casa N° 79-36 Municipio Maracaibo Telef. 04246233031, quien se presentará cada dos 02 meses por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y depositara a depositar, siendo los siguientes: 1) los cien (100) bolívares fuertes, deberán ser depositados en el Banco de Venezuela a nombre de SAMAR, cuenta corriente N° 0102-0501-860000939809, y 2) CINCO 05 RESMAS DE PAPEL BONST .....