"...declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos JOSHALI FRANCISCA VIEIRA CHACÓN Y DOUGLAS PIERRE FOUCAULT GIRARD, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.17.898.624 y 17.846.000, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 28 de febrero de 2007 ante la Prefectura del Municipio Capital Gómez del estado Nueva Esparta..."