En mérito de las razones expuestas, esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ALEJANDRO MÉNDEZ MIJARES, JULIO CESAR ACOSTA MARTÍNEZ y DANY JESÚS MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su cualidad de Fiscal Septuagésimo Sexto a Nivel Nacional del Ministerio Público con competencia en materia de Protección de Derechos Fundamentales.
SEGUNDO: ANULA la decisión dictada en la audiencia preliminar de fecha 25 de marzo de 2014, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 numeral 1 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 174 y siguientes del Códi.....