DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos GUSTAVO ENRIQUE CRESPO y ALBERTINA DEL CARMEN MENDOZA de CRESPO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.530.400 y 3.445.561, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecisiete (17) de Agosto del año mil novecientos setenta y nueve (1.979), por ante el Prefecto del Municipio Lagunillas, Distrito Lagunillas del estado Zulia, inserta bajo el N° 297, Folio 115.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho DIGNORAY GOMEZ de JIMENEZ, ins.....