este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho BENITO VALECILLOS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana YELITZA MARGARITA BAEZ GALLARDO parte accionante en la presente causa, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de abril de 2012, por el JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
2) SE DECLARA INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL INTENTADA POR LA CIUDADANA YELITZA MARGARITA BAEZ GALLARDO, EN CONTRA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGION ZULIANA (CORPOZULIA), en virtud de no haberse agotado la vía administrativa correspondiente.
3) SE CONFIRMA EL FALLO APELADO.
4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES.
.....