Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por falta de afecto marital, Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha 09/12/2016, presentada por la ciudadana Luisa Elena Molero de Socorro, titular de la cedula de identidad No. V-7.626.959, asistida por el abogado en ejercicio LARRY RAMIREZ LAWRENS, inscrito en el inpreabogado No. 268.454, en contra del ciudadano José Ángel Socorro Araujo, titular de la cedula de identidad No. V-7.812.619, todos de este domicilio.- En consecuencia se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha veinticinco (25) de julio del año 1981, por ante el extinto prefect.....