IV.- DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos VICTOR JOSÉ FUENTES MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-11.538.295 e INÉS DEL VALLE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.535.547.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha cinco (05) de marzo de mil novecientos noventa y seis (1996), por ante la junta parroquial del Adrián del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, según consta de acta de matrimonio asentada bajo el Nº 1, folio 1 y su vto. y folio 2,.....