declara CON LUGAR la solicitud en Divorcio por Mutuo Consentimiento. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ MIGUEL FUENMAYOR CONTRERAS y ANYELICA ALEJANDRA UMBRIA MARQUINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-24.521.999 y V.19.705.753, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha nueve (09) de junio de 2017, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 89, emanada por el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Manuel Dagnino del municipio Maracaibo del estado Zulia, acompañada a los autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estad.....