esta Jueza del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ROSIBEL DEL VALLE GONZALEZ GONZALEZ y RICHAR CELESTINO ARROYO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.898.763 y V-14.169.949 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos.
Las partes manifestaron en su escrito No poseer Bienes que liquidar