PRIMERO: La INCOMPETENCIA FUNCIONAL de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en la Ciudad de Cabimas, para el conocimiento y decisión del presente Recurso de Invalidación interpuesto por los ciudadanos ANTONIO RAMÓN PIÑERO URBINA y NAYBEL MILAGROS GÓMEZ GÓMEZ, actuando con el carácter de Representantes Legales de la COOPERATIVA VISON FRESS, R.S., del Acto de Notificación practicada en el asunto signado con el Nro. VP21-L-2008-000039, y de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, todo ello en el juicio interpuesto por la ciudadana ROHAMNA MAGDELIN RODRÍGUEZ MEJÍA, en contra de la COOPERATIVA VISON FRESS, R.S., por motivo de cobro de Prestaciones Sociales, antes identificados. SEGUNDO: Se ordena remisión de las presentes actuaciones al Juzgado Primero .....