DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud presentada por el ABOG. FERNANDO SILVA, Defensor Publico Vigésimo Primero (21º) Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de Defensa Pública Del Estado Zulia, actuando con el carácter de Defensor de la ciudadana MARIA ANDREINA MEJIAS ROMERO, EN CUANTO A LAS EXCEPCIONES Y A LA SOLICITUD DE NULIDAD ABSOLUTA DE LA ACUSACIÓN, interpuesta en fecha 11 de Marzo de 2010, en su Escrito de Contestación a la Acusación. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA ACUSACION FISCAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 25 de la Constit.....