En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma mixta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD: DECLARA: se ABSUELVE a los Acusados DANIEL JOSE FUENMAYOR MIQUELENA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.842.768, soltero, hijo de ABILIO ANTONIO y EGOLIA VICTORIA MIQUELENA, residenciado en el Barrio La Pastora, calle 96C, casa N° 46-10, Maracaibo, Estado Zulia; Y HEBERTH JOSE BRACHO BARRIGA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.718.591, fecha de nacimiento 05-05-81, de 25 años de edad, soltero, de profesión técnico en refrigeración, hijo de ANA ALCIRA y EDIGARDO JESÚS BRACHO, residenciado en el Barrio La Pastora, calle 96C, casa N° 46-52, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL título de autor para el primero de los nombrados y CÓMPLICE NECES.....