...en consecuencia, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el Juez competente para conocer es el Contencioso-Administrativo en el lugar del supuesto agravio constitucional, y por cuanto el Tribunal Superior Contencioso Administrativo competente, tiene su sede en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, en este caso se aplica el artículo 9 ejusdem, que permite interponer la acción de Amparo ante cualquier Juez de la localidad de Primera Instancia en lo Civil quien tramitará el Amparo y enviará en consulta el expediente, dentro de las 24 horas siguientes al Juez Superior Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de completar la primera instancia constitucional de conocimiento, este Tribunal se declara Competente. Así se declara.
...este Tribunal considera procedente dictar Medida Cautelar Innominada, en el sentido de que se respete lo inicialmente permisado por ambas autoridades administrativas.....