DISPOSITIVO:
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Terminada la etapa declarativa. En consecuencia PROCEDENTE el DERECHO que tienen los Abogados en Ejercicios ROGER VASQUEZ y RAIDA NUÑEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V- 13.976.276 y V- 11.886.469 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 99.863 y 104.778, respectivamente, domiciliados en la Ciudad y Municipio Cabimas del estado Zulia, en contra de la Firma Mercantil COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR DE TALAVERA S.R.L., domiciliada en el Municipio Cabimas del estado Zulia, inscrita por ante el Registro Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de Febrero de 1973, bajo el N° 43, Tomo 38, representada por la ciuda.....