DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL EL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad pasiva alegada por la representación judicial de ENELVEN.
SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de agotamiento de la reclamación previa administrativa alegada por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: SIN LUGAR la caducidad de la acción solicitada por la demandada.
CUARTO: SIN LUGAR la solicitud de ajuste de pensión solicitadas por los ciudadanos REGULO ANTONIO ARBURJAS ARIZA, MARTA BEATRIZ LEAL ATENCIO, ANTONIO MEJIAS, CLAUDIO ENRIQUE ROMERO SANDREA, RICARDO ATILIO QUINTERO DIAS, DANIEL GUSTAVO SALAS VARGAS, CARLOS SAUL VILLALOB.....