Por los fundamentos expuesto este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda ADMITIR LAS ACUSACIONES PRIVADAS, interpuestas por el ciudadano UMBERTO BANFI URDANETA, plenamente identificado, representado por los Abogados en ejercicio ABOGADOS JESUS VERGARA, RICHARD PORTILLO y CARLOS PACHECO, en contra del ciudadano EDGAR ALEXANDER ZERPA TORRES, y la firma Unipersonal ZERPA MAR, ambas por la presunta comisión del delito EMISIÓN DE CHEQUES SIN PROVISIÓN DE FONDOS EN GRADO DE CONTINUIDAD previsto y sancionado en el articulo 494 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en consecuencia se le otorga de esta manera la cualidad de querellante al ciudadano UMBERTO BANFI URDANETA, de conformidad con lo establecido en el articulo 409 ejusdem, por lo que se acuerda la citación personal del ciuda.....