1) ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION formulado por la Fiscalía 31°, del M.P, en contra de los Adolescentes (SE OMITEN), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA EN CALIDAD DE COAUTORES, previsto en el artículo 455 en concordancia con el artículo 458 y 83 del Código Penal y sancionado en la L.O.P.N.A, en perjuicio de DEXI RAMON PAZ y JAYAIRU FARIAS MONTIEL, conforme al artículo 578 literal "a" de la L.O.P.N.A. 2) Admite las Pruebas ofrecidas por el fiscal, así mismo se ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA DEFENSA, así mismo se admiten las pruebas documentales ofrecidas por la defensa que aparecen señaladas en el escrito, en relación a la prueba de informes solicitado por la defensa, en relación a la inspección judicial solicitada por la defensa, donde solicita que se traslade y constituya el tribunal en el sitio donde ocurrieron los hechos según lo expuesto por la defensa, así como la experticia dactiloscópica los objetos presentados por ante e.....